| Estancia y Residencia |
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Estancia y residencia: Estancia: Estancia es la permanencia en suelo español por un tiempo no superior a 90 días. Residencia temporal: o Es la residencia que autoriza permanecer en España de forma legal durante un periodo mayor a 90 días y menor a 5 años. o La autorización de residencia temporal inicial que no incluya autorización de trabajo se concederá en base de que el extranjero tenga los medios suficientes para mantenerse. o La autorización de residencia temporal y trabajo se concederá según el articulo 36 de la ley Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. o El extranjero que solicite una residencia temporal no puede tener antecedentes penales. o Los extranjeros que se encuentren con residencia temporal en España están en la obligación de notificar al Estado Español los cambios de: Estado Civil, Residencia o Nacionalidad. o Para mujeres víctimas de violencia de género: · Toda mujer extranjera sin importar su situación administrativa víctima de violencia de género tiene garantizados los derechos reconocidos en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. · Si una mujer tiene abierto un expediente administrativo por residencia ilegal este será suspendido si comienza un proceso por violencia de género mientras este dure. Residencia de larga duración: o La residencia de larga duración es aquella que autoriza residir en España por un tiempo indefinido y trabajar en las mismas condiciones que los españoles. o Tendrán derecho a residencia de larga duración los que hayan vivido en España durante 5 años de forma legal y continuada. o Los residentes de larga duración de otro país miembro de la Unión Europea podrán pedir la residencia de larga duración en España. o Se extinguirá la residencia de larga duración de cumplir alguno de estos supuestos: · Cuando la autorización se haya obtenido de forma fraudulenta. · Cuando se dicte orden de expulsión. · Cuando se produzca la ausencia de territorio de la Unión durante 12 meses consecutivos. · Cuando se adquiera la residencia de larga duración en otro estado miembro.
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