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Solicitud El procedimiento de homologación se inicia a instancia del interesado (Modelo de solicitud), que debe formularse en el modelo publicado como anexo de la Orden ECI/3686/2004, de 3 de noviembre, por la que se dictan normas para la aplicación del Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación de títulos extranjeros de educación superior (BOE del 15). Las solicitudes podrán presentarse en: - En las oficinas de registro del órgano administrativo al que se dirijan.
- Registro General o Registros Auxiliares del Ministerio de Educación y Ciencia (C/ Los Madrazo, 15-17; Pº del Prado, 28; C/ Torrelaguna, 58; todos ellos de Madrid).
- Áreas Funcionales de Alta Inspección de Educación de las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, o Delegaciones Provinciales del Ministerio de Educación y Ciencia en Ceuta y Melilla.
- En cualquier otro de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, desarrollado por el artículo 2 del Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, es decir:
- En las oficinas de registro de cualquier órgano administrativo perteneciente a la Administración General del Estado, o de los Organismos públicos vinculados o dependientes de aquélla.
- En las oficinas de Correos, en la forma establecida reglamentariamente.
- En las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero.
- En los registros de las Administraciones de las Comunidades Autónomas.
- En los registros de las entidades que integran la Administración local, siempre que previamente se haya suscrito el correspondiente convenio.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
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