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Residencia de familiar no comunitario de ciudadano de la Unión |
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Tarjeta de residencia de familiar no comunitario de ciudadano de la Unión. En esta hoja informativa encontrara la información: Hoja Informartiva 48 Documentación a aportar para solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la unión para familiares no comunitarios de la Unión que dependan de nacionales con tratamiento de comunitarios que residan en España (no aplica para ascendientes de español que no fueran titulares antes de una tarjeta de familiar no comunitario de la Unión). - Impreso Ex.16 debidamente rellenado, por duplicado.
- Una fotografía de carnet
- Pasaporte de su país en vigor, original y fotocopia.
- Documentos acreditativos del vínculo de parentesco, original y fotocopia.
- Acreditación documental en caso de ascendiente o descendiente mayores de 21 años de que el solicitante vive a expensas del familiar comunitario, esta acreditación debe incluir declaración de la responsabilidad económica sobre el solicitante, mediante acta notarial otorgada por dicho familiar, o bien mediante comparecencia y manifestación formulada por éste ante esta dependencia.
Los certificados de extranjeros de vínculo de parentesco deberán ser debidamente traducidos y/o legalizados, se puede ver en la hoja informativa 37.Cónyuge: si ambos son ciudadanos extranjeros: certificado de matrimonio legalizado o apostillado expedido en los últimos tres meses. - Si uno de los cónyuges es español: el matrimonio debe figurar inscrito en el Registro Civil español con anterioridad a la solicitud de la tarjeta de residencia de familiar no comunitario de ciudadano de la Unión, debiendo aportar: certificado literal de matrimonio expedido por el Registro Civil, con antigüedad no superior a tres meses.
- Si ninguno de los conyuges es español y el matrimonio no se ha celebrado en España: certificado de matrimonio, expedido por el Registro Civil del estado del que sea nacional el conyugue comunitario.
Referente a las parejas de hecho: certificación expedida por el registro público estatal de parejas de hecho con una antelación máxima de 3 meses previa a la solicitud. - Países: Alemania, Francia, Reino Unido, Chequia, Dinamarca, Eslovenia, Finlandia, Luxemburgo y Suecia
Ascendientes o descendientes: - Ascendientes o descendientes del nacional comunitario: Certificado literal de nacimiento.
- Ascendientes o descendientes de la pareja del nacional comunitario: Certificado literal de nacimiento y certificado de matrimonio.
Documentación de residencia de las personas que dan derecho a la reagrupación: - Si es ciudadano español: D.N.I o la hoja 115 debidamente rellenada para la comprobación de sus datos.
- Si es residente comunitario: pasaporte y certificado de registro de ciudadano de la Unión.
Documentos de empadronamiento: · Se debe traer la hoja 115 debidamente rellenada. IMPORTANTE: · Las solicitudes deben ser presentadas personalmente por el solicitante no comunitario. PRESENTACIÓN: Al tener todos los documentos requeridos puede pedir la cita previa en: Enlace directo: http://www.map.es/servicios/servicios_on_line/extranjeria/cita_previa.htmlSe debe llevar una fotocopia de la asignación de la cita a la oficina de extranjeros.
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